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¿Por qué tengo que legalizar una modificación?

Las modificaciones que realizamos al vehículo para adaptarlo a nuestro uso o a nuestro gusto pueden estar tipificadas en el manual de reformas. El manual de reformas es elaborado por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio y en él se recogen las modificaciones que son objeto de reforma, esto es, de legalización en I.T.V. En el momento de la matriculación del vehículo, este cumplía los requisitos que lo hacía matriculable al haber pasado por una serie de test, obteniendo la homologación. Para Industria, las reformas contempladas en este manual supone la necesidad de reevaluar las condiciones del vehículo para garantizar que este cumple las normas para circular por las vías públicas. Es por ello que al menos un laboratorio de vehículos tiene que hacerse cargo del "nuevo vehículo" declarándolo apto para su circulación. En la itv se finaliza el trámite, anotándose en la tarjeta técnica del vehículo las reformas consistentes y las dimensiones y pesos que hayan podido verse afectados.

 

Las reformas más habituales son:

  • Modificación del sistema de suspensión.
  • Preparación Off Road.
  • Camperizaciones de furgonetas.
  • Instalación de llantas con variación del ancho de vía o separadores.
  • Sustitución de paragolpes, kits aerodinámicos.
  • Cambio de clasificación, para alargar las periodicidades de inspección.

 

En el siguiente enlace se pueden ver todas las reformas clasificadas por cada categoría de vehículo. De forma resumida, la sección I corresponde a turismos y la sección II para motocicletas.

En el siguiente vídeo veremos cuál es le proceso para la toma de datos e imágenes para la elaboración de proyecto por modificación del sistemas de suspensión:



 

 

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